Presentación del Impuesto de Sociedades y cierre fiscal de tu empresa

Revisamos el cierre contable, aplicamos todos los ajustes extracontables que corresponden y presentamos el IS (modelo 200). Nos encargamos de todo el proceso para que tu empresa tribute lo mínimo, aproveches todas las deducciones y no tengas problemas con Hacienda. Asesores fiscales en La Cerdanya desde hace más de 45 años.

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Gestión integral del IS con asesoría fiscal personalizada

Muchas empresas cierran el IS sin asesor y acaban pagando de más o recibiendo una paralela de Hacienda.

En Assessoria Carbó gestionamos el IS de empresas y sociedades de la Cerdanya desde hace más de 45 años.

Conocemos las casuísticas reales de los negocios de la zona: empresas de hostelería con estacionalidad marcada, sociedades con inmuebles en alquiler, pymes con bases imponibles negativas de ejercicios anteriores y sociedades de nueva constitución con inversiones en el primer año. No aplicamos un criterio estándar: revisamos cada expediente y buscamos la mejor tributación dentro de la legalidad.

Qué incluye nuestro servicio de Impuesto de Sociedades y cierre contable

Desde el cierre contable hasta la presentación telemática ante la AEAT, gestionamos cada fase del IS sin que tengas que coordinarte con varios profesionales.

Cierre contable del ejercicio

Revisamos que el resultado contable del ejercicio está correctamente registrado: periodificaciones, provisiones, amortizaciones y regularización de saldos antes de trasladar la base al IS.

Ajustes fiscales extracontables

Determinamos qué diferencias entre el resultado contable y la base imponible son permanentes y cuáles son temporarias, y aplicamos los ajustes positivos y negativos que corresponden según la normativa del impuesto.

Aplicación de deducciones y bonificaciones

Identificamos todas las deducciones aplicables al ejercicio: reserva de capitalización, reserva de nivelación para pymes, deducción por I+D, libertad de amortización y bases negativas de ejercicios anteriores pendientes de compensar.

Pagos fraccionados — modelo 202

Calculamos y presentamos los pagos fraccionados del IS (octubre, diciembre y abril) para evitar desajustes de tesorería y recargos por falta de ingreso a cuenta.

Presentación del modelo 200 ante la AEAT

Presentamos la declaración del IS de forma telemática dentro del plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio — habitualmente, antes del 25 de julio.

Ventajas de hacer el Impuesto de Sociedades con un asesor fiscal

El modelo 200 es el resultado de un proceso: cierre contable, ajustes fiscales, deducciones aplicables, pagos fraccionados. Si alguno de esos pasos falla, la empresa paga más de lo que le toca o acaba con un requerimiento de Hacienda.

 
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Nos encargamos de todo el proceso

Cierre contable, ajustes, deducciones, pagos fraccionados y presentación. Nos envías la documentación y nosotros gestionamos cada paso hasta que el modelo 200 está presentado.

 
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Pagas lo mínimo que te corresponde

Muchas empresas presentan el IS sin aplicar deducciones a las que tienen derecho: reserva de capitalización, reserva de nivelación, libertad de amortización. Las buscamos y las aplicamos antes de presentar.

 
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Sin errores ni sustos de Hacienda

Un ajuste extracontable mal aplicado o un gasto no deducible que pasa desapercibido puede acabar en una paralela o una sanción. Revisamos la declaración antes de presentarla para que no haya sorpresas.

¿Se acerca el cierre fiscal y no estás seguro de hacerlo bien?

Cuéntanos la situación de tu empresa y te damos respuesta en 24 horas.

Consulta

¿Quién tiene que presentar el modelo 200?

Todas las personas jurídicas residentes en territorio español están obligadas a presentar el impuesto de sociedades, con independencia de si han tenido actividad, beneficios o pérdidas durante el ejercicio. No hay mínimo exento.

Sociedades de capital: SL y SA

Las sociedades limitadas y anónimas están siempre obligadas a presentar el IS, incluidas las que no han facturado nada durante el año o están en proceso de liquidación.

Cooperativas y sociedades civiles con objeto mercantil

Las sociedades civiles que tengan objeto mercantil tributan por el IS desde 2016. Las cooperativas también presentan el modelo 200, con un régimen fiscal propio que incluye bonificaciones específicas.

Asociaciones y fundaciones con actividad económica

Las entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades económicas están obligadas a tributar por el IS, aunque pueden acogerse al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 si cumplen los requisitos.

Empresas inactivas o en pérdidas

Una sociedad inactiva o con pérdidas sigue obligada a presentar el modelo 200. Además, las bases imponibles negativas de un ejercicio pueden compensarse con beneficios futuros, lo que hace relevante declararlas correctamente.

Por qué presentar tu IS con Assessoria Carbó

Llevamos más de 45 años gestionando el IS de empresas de la Cerdanya. Conocemos el territorio, conocemos los negocios y adaptamos el criterio fiscal a la situación real de cada caso.

 
 

Más de 45 años de experiencia

Hemos gestionado el IS de cientos de sociedades del territorio. Eso se traduce en un conocimiento acumulado de las situaciones fiscales más frecuentes en la zona y en agilidad para resolver las menos habituales.

 

Conocimiento fiscal local

Como asesoría fiscal de la Cerdanya, gestionamos el IS de negocios muy distintos: hoteles, apartamentos turísticos, restaurantes, constructoras, sociedades patrimoniales con fincas en el Pirineo y empresas con actividad a ambos lados de la frontera.

 
 

Servicio integral: fiscal, contable y laboral

El cierre del IS tiene implicaciones contables y a veces laborales. En Assessoria Carbó el equipo fiscal, contable y laboral trabaja de forma coordinada: presentamos el IVA, gestionamos las nóminas y hacemos la declaración de la renta de los socios.

¿Buscas una asesoría de confianza para presentar el IS?

Si buscas una asesoría que te explique qué pagas y por qué, que responda cuando la necesitas y que conozca la realidad de tu negocio, consúltanos. Revisamos tu caso sin compromiso.

Preguntas frecuentes

Resolvemos las dudas más habituales sobre la gestión del Impuesto de Sociedades y el cierre fiscal de empresas en La Cerdanya.

Nuestra gestoría está ubicada en Puigcerdà (Girona), en el centro de La Cerdanya. Trabajamos con autónomos y empresas de toda la comarca: Llívia, Alp, Das, Bolvir, Bellver de Cerdanya y municipios cercanos.
El coste depende de la complejidad contable y fiscal de la sociedad: volumen de operaciones, número de ajustes extracontables, deducciones aplicables y si hay vinculación con otras sociedades o no residentes. En Assessoria Carbó trabajamos con presupuesto cerrado por servicio. Consúltanos y en 24 horas te indicamos el coste exacto según la situación de tu empresa, sin sorpresas ni facturación por horas.
El plazo para presentar el modelo 200 es de 25 días naturales a partir de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio. Para sociedades cuyo ejercicio fiscal coincide con el año natural (cierre el 31 de diciembre), el plazo de presentación acaba el 25 de julio. Los pagos fraccionados (modelo 202) se presentan en octubre, diciembre y abril.
Necesitamos el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio, el libro de facturas emitidas y recibidas, los contratos de arrendamiento o préstamos si los hay, y los modelos de pagos fraccionados presentados durante el año. Si ya lleváis la contabilidad con nosotros, nos encargamos directamente. Si venís de otra gestoría, nos adaptamos al formato que tengáis.
Sí. Es una casuística habitual en la Cerdanya. Las empresas que operan a ambos lados de la frontera tienen que tener en cuenta los convenios de doble imposición entre España y Francia, el tratamiento de los establecimientos permanentes y la correcta imputación de ingresos y gastos en cada jurisdicción. Lo gestionamos con criterio y coordinación entre los dos marcos fiscales.
Presentar el IS fuera de plazo conlleva recargos que van del 1% mensual hasta el 15% si supera el año, más intereses de demora. Si la presentación contiene errores, deducciones mal aplicadas o gastos no deducibles, Hacienda puede iniciar un requerimiento o una inspección que derive en una liquidación paralela o una sanción. En ambos casos, actuar antes de que Hacienda lo detecte reduce significativamente el coste.